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Novedades que contemplará el proceso de admisión 2010/2011

 

El proceso de admisión 2010/2011 incorpora tres novedades con respecto a años anteriores, que son:

 


• La aplicación de un nuevo sistema de proximidad, complementario a la zonificiación, cuyo objetivo es propiciar la escolarización más próxima al domicilio familiar o profesional, si así lo determinan las familias.
• Una nueva modalidad de presentación de solicitud conjunta y simultánea para distintos miembros de una misma unidad familiar que permita expresar el deseo de obtener plaza para todos los hermanos en un mismo centro como criterio preferente.
• Extender a todo el territorio Aragonés de la posibilidad de presentar solicitud de plaza por Internet, incluida la documentación, sin que las familias tengan que desplazarse al centro escolar a presentar la solicitud.

En www.centroseducativosaragon.org en Departamento de Educación, Cultura y Deporte, pone a disposición de los padres y madres de Aragón una herramienta para facilitar la búsqueda y solicitud de un centro escolar para sus hijos, ofreciendo toda la información necesaria para elegir libremente entre los centros ofertados de nuestra Comunidad Autónoma.

Respondiendo a la novedad incorporada este año respecto al criterio de proximidad, se ha completado el portal con una nueva herramienta de búsqueda que permitirá a los padres / madres y tutores, comprobar qué centros se encuentran a menos de 1000 metros del domicilio familiar o laboral, con la indicación de la zona a la que pertenecen.
http://www.centroseducativosaragon.org/Public/buscador_direccion.aspx

Además se incorporan nuevos servicios de información al ciudadano como son:


• La posibilidad de estar informado vía SMS o correo electrónico de todas las actuaciones que se vayan sucediendo durante el proceso
http://www.centroseducativosaragon.org/Public/Suscripciones.aspx
• La posibilidad de consultar la oferta de plazas, publicando al inicio del proceso en la página web las vacantes que oferta el centro por curso y niveles educativos.

NOVEDADES CON RESPECTO AL CRITERIO DE PROXIMIDAD

 

Se establece un sistema de proximidad manteniendo la zonificación actual, que garantice a las familias:
• Una escolarización cercana al domicilio, si ese es el criterio elegido, con independencia de la zona a la que pertenezca
• Y una amplia oferta de centros, al mantenerse zonas de escolarización extensas, lo que posibilitará el ejercicio de elección de centro escolar.
El nuevo criterio de proximidad no supone la eliminación de otros criterios, sino priorizar la cercanía.
Se entiende por centro próximo aquel que se encuentra en zona o zona limítrofe (por domicilio familiar o labora), y que se encuentre en la distancia de proximidad, aplicado a la primera opción elegida por el solicitante.

Para el cálculo se establece una distancia de proximidad lineal de 1.000 metros respecto al centro escolar.


La baremación de proximidad domiciliaria vendrá determinada por la aplicación conjunta de la zona escolar junto con el criterio de proximidad lineal.


La proximidad queda definida por la distancia entre dos puntos: el centroide o baricentro de una parcela catastral representativa del domicilio familiar o laboral y el punto de referencia, definido en los mismos términos del centro escolar.


La distancia de proximidad entre el domicilio y el centro se calculará linealmente entre las coordenadas de cada uno de los puntos. Por tanto, no se tendrá en cuenta la distancia de accesibilidad.


Para calcular la proximidad se utilizará el sistema de localización del Gobierno de Aragón, gestionado por el Departamento de Interior y Política Territorial, denominado SITAR. http://sitar.aragon.es

 


La proximidad complementa y ajusta la cercanía establecida por al zonificación. Un domicilio en zona limítrofe respecto a un centro escolar, pero dentro de su distancia de proximidad, tendrá preferencia respecto a otro de la zona pero fuera de esa distancia.

 

SOLICITUD CONJUNTA Y SIMULTANEA

 

Cuando los padres opten por la escolarización conjunta de hermanos como criterio preferente cumplimentarán una única solicitud: “Admisión conjunta de hermanos”, con una única relación priorizada de centros escolares.

Con esta solicitud está expresando el deseo de obtener plaza para todos los hermanos en un mismo centro, como criterio preferente.

Esta opción implicará que en el caso de que alguno de los hermanos sea admitido, otorgará puntuación por hermano en el centro al resto de los hermanos. Si aun con esta nueva puntuación, no todos los hermanos obtienen plaza en el centro indicado en primera opción, todos ellos pasarán a ser escolarizados en el proceso de adjudicación de plazas por los servicios provinciales, quienes les otorgarán, para todos los centros, la puntuación por hermanos en el centro y les adjudicarán un centro que los escolarice conjuntamente. Este proceso no se aplicará a las solicitudes de plaza para enseñanzas de educación especial ni de educación secundaria tanto obligatoria como postobligatoria.

 

Esto lleva consigo:

a) En este procedimiento se participa sin reserva de plaza.

b) Al optar por escolarización conjunta, no se considerará que existe plaza escolar para uno de los hermanos hasta que no haya para todos en un mismo centro.

c) Si los padres/tutores no quieren renunciar a los derechos individuales de sus hijos, podrán participar por separado, escogiendo la escolarización individual, para lo que no les será de aplicación lo establecido en la escolarización conjunta.

d) Para el centro elegido en primera opción todos los hermanos participaran con los puntos que les correspondan del baremo, como si participaran individualmente. En este sentido, si todos tienen plaza en dicho centro ése será el asignado.

AYUNTAMIENTOS Y MAP
Se reduce la documentación que se tiene que aportar al proceso, en este caso la relacionada con la justificativa de la edad del menor y de su domicilio familiar, siempre que así lo autorizase expresamente el solicitante, gracias a la colaboración con distintos ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con el Ministerio de Política Territorial.
SITAR
La proximidad lineal será determinada por sistemas de geolocalización, en concreto, por el sistema de información territorial de Aragón (SITAR) dependiente del Gobierno de Aragón, permitiendo medir la distancia entre el domicilio y el centro elegido. De este modo, la baremación del criterio de proximidad domiciliaria vendrá determinado por la aplicación conjunta del ya arraigado concepto de zona de escolarización junto con el citado de proximidad lineal, obteniéndose un plus de puntuación en el caso de que el centro docente elegido se encontrase dentro de la distancia mínima en que consistiese la proximidad lineal del domicilio familiar o laboral del solicitante.
FIRMA DIGITAL
Otra de las novedades, en el marco de la colaboración con el Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, es que se incluye la posibilidad de presentar la solicitud de admisión junto con su documentación por procedimientos telemáticos, en línea con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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